CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR INTERNET DE LA PLATAFORMA O SITIO WEB iPACK
EL INGRESO Y USO DE LOS SERVICIOS DE LA PLATAFORMA O SITIO WEB IPACK.MX Y CUENTA IPACK, SE ENTIENDE Y TENDRÁ COMO ACEPTACIÓN MANIFIESTA Y TÁCITA DE “EL USUARIO o CLIENTE” TANTO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES QUE A CONTINUACIÓN SE ESTABLECEN, COMO A LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE PRECISAN A CONTINUACIÓN; SURTIENDO PLENOS EFECTOS LEGALES PARA AMBAS PARTES COMO SI SE SUCRIBIERA POR ESCRITO.
TODA PERSONA QUE HAGA USO DE NUESTROS SERVICIOS Y SISTEMAS ELECTRÓNICOS, DEBERÁ SER MAYOR DE EDAD, QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO SU USO A MENORES DE EDAD, POR LO QUE EL USO DE ÉSTOS SIN CONSENTIMIENTO DE SUS PADRES O TUTORES, SE CONSIDERARÁ RESPONSABILIDAD DE LOS NOMBRADOS Y NO DE iPack.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SEÑOR RUBÉN ISAAC SERVÍN DURÁN, POR DERECHO PROPIO Y EN REPRESENTACIÓN DE iPack y/o ipack.mx, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL PRESTADOR”, Y POR LA OTRA “EL USUARIO”, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL CLIENTE”; EL CUAL CELEBRAN LAS PARTES AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE A CONTINACIÓN SE ESTIPULAN.
D E C L A R A C I O N E S
I.- DECLARA “EL PRESTADOR”:
a) Ser una persona física, con plena capacidad legal para celebrar el presente contrato.
b) Que se encuentra debidamente dado de alta ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con Registro Federal de Contribuyentes (RFC) SEDR9205224Q9.
c) Que dentro de las actividades que realiza, se encuentra LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS de logística en mensajería y paquetería en línea a través de una plataforma digital o electrónica, personalizada como iPack, y que le permiten realizar la cotización y pago del servicio de paquetería y mensajería en forma personal y directa, con diversas empresas reconocidas y dedicadas a dicho giro y con quienes “EL PRESTADOR” tiene convenios y relaciones comerciales para la prestación de los servicios.
II.- DECLARA “EL CLIENTE”:
a) Ser una persona física mayor de edad, o en su caso, persona moral legalmente constituida y legítimamente representada, con plena capacidad legal para celebrar el presente acuerdo de voluntades.
b) Tener como actividad preponderantemente económica el Comercio al por menor, por medios de comunicación masiva y redes sociales.
c) Que cuenta con los registros y altas que las Leyes Fiscal, Civil y Administrativas le imponen, por lo que la relación comercial que de esta manera establece con “EL PRESTADOR”, se ajusta a las regulaciones legales de referencia y, para el caso de ser necesario, proporcionará de manera directa a éste la información respectiva necesaria, la que queda sujeta al aviso de privacidad que se le ha dado a conocer también por este medio.
d) Que con motivo de sus actividades comerciales, es su voluntad hacer uso de los servicios descritos por “EL PRESTADOR” en términos del inciso c) de sus Declaraciones, y por consiguiente, celebrar el presente contrato.
e) Que conoce el aviso de privacidad otorgado por “EL PRESTADOR”, con relación a los datos personales que proporciona con motivo de la prestación de servicios motivo del presente acuerdo de voluntades.
Expuesto lo anterior, ambas partes se ajustan al clausulado que a continuación se precisa, al otorgar derechos y obligaciones a su favor.
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS que otorga “EL PRESTADOR”, motivo del presente contrato, consiste precisamente en la logística en mensajería y paquetería en línea a través de un sitio y/o plataforma digital o electrónica, personalizada como iPack que permite a “EL CLIENTE” realizar la cotización y pago del servicio de paquetería y mensajería en forma personal y directa, con diversas empresas de mensajería y paquetería reconocidas y dedicadas a dicho giro y con quienes “EL PRESTADOR” tiene convenios y relaciones comerciales para la prestación de los servicios, y a las que podrá identificarse en el presente contrato como sus socios comerciales.
En el entendido de que, la prestación de servicios que es motivo de la prestación de servicios, de ninguna manera implica autorización a “EL CLIENTE” para hacer uso de logotipos o nombres de las marcas comerciales de éste o de las empresas de paquetería y mensajería con quienes tiene relación comercial, ya que éstos solo están reservados, conforme a los registros y derechos de uso y explotación de marcas y patentes, a sus autores y propietarios, conforme a las Leyes y disposiciones legales vigentes, y de ninguna manera podrán ser usados para fines personales o comerciales por “EL CLIENTE”.
SEGUNDA.- USO DEL SISTEMA iPack. “EL PRESTADOR” es responsable de proveer, a través de la plataforma digital o electrónica denominada iPack, información disponible de los diferentes medios de transporte para su paquetería de tal modo que usted pueda seleccionar el transporte de su preferencia con las empresas de mensajería y paquetería que el sitio iPack colabora. La precisión de dicha información no es responsabilidad de “EL PRESTADOR”, ya que es obtenida de los sitios web que las propias compañías de mensajería tienen para tales efectos. El servicio prestado en la plataforma iPack consiste en proporcionar la información necesaria para que “EL CLIENTE” o usuario pueda comparar precios, tiempos y servicios de las distintas compañías de mensajería además de fungir como un gestor para la adquisición de guías, con ventajas que pueden trascender a la economía de las necesidades y posibilidades de “EL CLIENTE”.
“EL PRESTADOR”, proporcionará de manera diligente y eficaz el servicio a través de la mencionada plataforma iPack, cuidando que éste sea prestado de manera óptima para el beneficio de “EL CLIENTE”, no obstante, en caso de que ocurra un fallo con la plataforma, este debe ser reportado por “EL CLIENTE” a “EL PRESTADOR”, a efecto de que vea sea solucionado a la brevedad; en caso de fuerza mayor o caso fortuito, por causas externas a la voluntad y alcance de “EL PRESTADOR”, éste verá proporcionar el servicio a “EL CLIENTE” de forma expedita conforme a su gestión personal por medios electrónicos.
En caso de existir un fallo en la plataforma, sistema o logística de la empresa de mensajería, el mismo no será responsabilidad de “EL PRESTADOR”, al no depender del alcance o voluntad de éste.
TERCERA.- PRECIOS Y TARIFAS. Los precios y tarifas señaladas para el servicio deberán ser consultadas por “EL CLIENTE” en el día de adquisición del servicio, y pueden variar de acuerdo a la empresa que éste pretenda realice el servicio de mensajería o paquetería, ello, en base a las cualidades y operación de entrega que cada empresa otorga; asimismo, es de señalarse que las tarifas se encuentran sujetas a su vigencia en el día de la operación, ya que éstas pueden cambiar o variar sin previo aviso por parte de las empresas de mensajería.
CUARTA.- TÉRMINOS Y FORMAS DE PAGO. Existen diversos modos de pago. El usuario podrá ingresar saldo por medio de su cuenta ipack.mx, a través de los medios de pago que el sitio tiene habilitado, que de manera enunciativa más no limitativa pueden ser:
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Tarjeta de crédito a través de la plataforma mercadopago
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Tarjeta de débito a través de la plataforma mercadopago
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Depósito bancario
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Transferencia bancaria o electrónica a través de clabe interbancaria
El saldo de la plataforma no tiene vigencia para la compra y adquisición de guías y estará disponible en todo momento, sin embargo, las tarifas de cada servicio pueden variar sin previo aviso.
Devolución de saldo
El plazo promedio para recibir una devolución de saldo es de 15 a 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud formal y que sea aceptada la misma.
La devolución no aplica en los siguientes casos:
• Si el saldo tiene más de 90 días de haberse acreditado
• Se ha generado factura por el monto del que solicita reembolso
• Si se tienen guías en tránsito (esperar entrega a fin de verificar cargos extras)
• El saldo se agregó con promoción
• Si el cliente incurre en reventa, estará sujeto a aprobación su reembolso
• Si tiene cobros pendientes de pago (cargos extras o pago de facturas)
Para solicitar una devolución es importante:
• Llenar la solicitud de devolución correspondiente, ésta deberá solicitarse a soporte@ipack.mx y enviarla por ese mismo medio.
QUINTA.- VIGENCIA DE LAS GUÍAS DE ENVIÓ O PAQUETERÍA. La vigencia de las Guías de mensajería o paquetería será de CINCO (5) DÍAS NATURALES, contados a partir de la fecha de su expedición o emisión; por lo que “EL CLIENTE” se obliga a hacerlas efectivas durante ese periodo de tiempo, de lo contrario, no será válida reclamación alguna o reembolso por caducidad.
SEXTA. FACTURACIÓN. La expedición de la factura correspondiente al ticket fiscal respecto del servicio deberá ser solicitada por “EL CLIENTE” a “EL PRESTADOR", precisamente durante el mes de la adquisición del servicio y, a más tardar el último día del mes correspondiente; de no hacerlo dentro del término señalado, no será posible a “EL PRESTADOR” expedir la factura requerida y el “EL CLIENTE” no podrá formular reclamo alguno al respecto.
SÉPTIMA.- RECOMENDACIONES DE EMPAQUE. A efecto de lograr la recepción y transportación de los envíos o paquetería, en condiciones seguras y óptimas, se recomienda a “EL CLIENTE”, y éste se hace sabedor de las siguientes precisiones:
Utilizar preferentemente una caja nueva de cartón corrugado libre de etiquetas y direcciones, a efecto de evitar confusión de entrega.
Indicar con etiquetas y de manera precisa la posición que debe tener el envío y si es de frágil manejo y su contenido, pues de lo contrario la empresa de paquetería no se hace responsable de cualquier desperfecto o riesgo en su transportación.
Rellene al máximo los espacios vacíos con material especial para empaque como: espuma de poliestireno, burbuja, marcos de esquineros, mallas, película estirable, entre otros; con la finalidad de que el articulo (s) se encuentre afianzado en el interior y no se golpee con el movimiento.
Por seguridad y manejo, al sellar sus paquetes, procure usar cintas especiales como, cinta canela, que cubra todas las caras del envío, especialmente la tapa y el fondo.
Para paquetes pesados es necesario protegerlos con fleje.
La colocación de la Guía debe ser invariablemente en la parte superior del envío, por ningún motivo se recibirán envíos con guías en:
Esquinas, bordes o extremos.
En el punto de apertura de la caja.
Debajo de la cinta de fleje.
Cualquier otra condición que dificulte su lectura automática por sistema.
Atender a estas recomendaciones, permitirá a las empresas de mensajería cumplir eficientemente con la entrega óptima del envío, pues facilita su manejo, y asimismo, se evitan costos adicionales, pérdidas y daños en los contenidos, a cargo de “EL CLIENTE”.
OCTAVA.- TAMAÑO Y PESO DEL ENVÍO. “EL CLIENTE” se hace sabedor que, en los servicios nacionales, las empresas de mensajería aceptan paquetes con un peso máximo de 70 kilos, y un tamaño máximo del paquete o envío de 100 x 100 x 100 cm, por lo que, si el envío pretendido por “EL CLIENTE” rebasa estas medidas o peso, en automático, perderá la garantía de entrega en el domicilio de destino pretendido y el servicio será bajo la modalidad de “OCURRE”, esto es, la empresa de mensajería hará llegar el paquete o envío a su oficina sede de mensajería más cercana al domicilio de destino y quedará a disposición del destinatario, a donde deberá acudir, en días y horarios hábiles, previa consulta de los mismos, con identificación oficial vigente y el número de Guía de referencia, a efecto de recibir el paquete o envío que se tenga a su favor.
NOVENA.- CARACTERÍSTICAS DEL EMPAQUE. Ambas partes quedan enteradas y conscientes que LAS EMPRESAS DE PAQUETERIAS PROHIBEN LA RECEPCION DE ENVIOS bajo las siguientes condiciones:
En cajas de cartón de huevo;
Envíos envueltos en papel de estraza o revolución;
Atados de diferentes tamaños y sin fleje metálico o plastificado;
Sin guía;
Cajas medio llenas.
Por lo que de ninguna manera podrá “EL CLIENTE” realizar envíos bajo esas características, siendo exclusivamente su responsabilidad y bajo su entero perjuicio, que la empresa de paquetería le niegue la recolección o recepción del envío o paquetería pretendido; sin existir responsabilidad alguna a “EL PRESTADOR” en la negativa del servicio o de reembolso de la tarifa correspondiente, por dichas causas.
IMPORTANTE. Utilizar únicamente la etiqueta original impresa para el envío. El uso de una copia de esta etiqueta con propósito de realizar otro envió o su duplicidad, constituye un fraude y podría acarrear cargos adicionales, así como la cancelación o bloqueo del usuario de iPack.
DÉCIMA.- ARTÍCULOS PROHIBIDOS. “EL CLIENTE” no podrá, bajo ninguna circunstancia, enviar o incluir en la paquetería lo siguiente: Bebidas alcohólicas, pieles y cueros de animales, armas de fuego, animales (vivos o muertos), refacciones con residuos líquidos, plantas naturales, vegetales prohibidos, líquidos, cualquier tipo de armas blancas, vidrio en cualquiera de sus presentaciones, artículos perecederos, mercancía falsificada denominada coloquialmente como “pirata”, muestras para laboratorio o material tóxico, artículos de valor extraordinario, piedras preciosas y sustancias psicotrópicas; incluyendo además, materiales peligrosos en su manejo, tales como corrosivos e inflamables, de fácil descomposición y aquellos que despidan malos olores, así como tampoco artículos de procedencia extranjera que no se encuentren legalmente amparados con la documentación que acredita su legal internación al país y propiedad.
DÉCIMA PRIMERA.- OTROS ARTÍCULOS PROHIBÍDOS. Conforme a las prescripciones Legales y Regulaciones Nacionales e Internacionales vigentes, queda prohibido el envío o paquetería que contenga estupefacientes, dinero, divisas o valores monetarios en sus diversas modalidades, joyas, licores, armas de fuego, material pornográfico y artículos restringidos por el Código Civil, Código Penal y/o la International Air Transport Association (I.A.T.A.); por lo que de enviarse cualquier artículo, cosa o sustancia prohibida, a través de la paquetería que es motivo de la prestación de servicios, la responsabilidad administrativa o penal en que se incurra, será únicamente atribuible a “EL CLIENTE” o su Remitente y, por ende, “EL PRESTADOR” quedará eximido de cualquier responsabilidad. Lo anterior, sin perjuicio, de que las autoridades administrativas o judiciales puedan incautar o asegurar los bienes prohibidos, bajo la responsabilidad incurrida por “EL CLIENTE” o su Remitente.
DÉCIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD EN LAS ENTREGAS. “EL PRESTADOR” no será responsable por pérdida, daños, mala entrega, no entrega o entrega demorada del ENVÍO causado por:
1.-Caso fortuito o de fuerza mayor, u otra causa fuera del control de “EL PRESTADOR” y su socio comercial.
2.- Por mandato, acto o disposición de cualquier autoridad administrativa o judicial.
3.- Incorrecta o incompleta información del domicilio del DESTINATARIO.
4.-Utilizar “EL CLIENTE” un embalaje o empaque insuficiente o inadecuado.
5.- Establecer un peso o dimensión menor al real del ENVÍO.
6.- Falta de especificación de “EL CLIENTE” de manejo especial del ENVÍO.
Siendo la única responsable de que la paquetería y/o envíos lleguen a su destino, la empresa de mensajería o paquetería elegida por “EL CLIENTE”, socio comercial de “EL PRESTADOR”, que es quien realiza dichos envíos.
DÉCIMA TERCERA.- ENVÍOS NO ASEGURADOS. Las empresas de mensajería o paquetería asumen como responsabilidad máxima por el envío el equivalente al importe de hasta treinta (30) UMAS; en la fecha que ésta haya recibido y documentado el envío en el lugar de origen del servicio. Si el envío sufre, por causas imputables a las empresas de mensajería pérdida total, daños o menoscabos, las empresas de paqueterías cumplirán esta obligación cubriendo el costo de la reparación o en su caso de la reposición del efecto dañado o perdido, debiendo para ello el Remitente justificar a las paqueterías los gastos de reparación o de reposición con los comprobantes respectivos.
Si los efectos contenidos en el envío se dañan o pierden por inapropiado empaque o embalaje, las paqueterías no asumen responsabilidad alguna para con el Remitente, siempre y cuando ello no sea imputable a las paqueterías.
“EL CLIENTE” cuenta con el pago máximo equivalente a treinta (30) días de salarios mínimo general diario vigente en esta Ciudad, siempre y cuando sea reportada una anomalía grave al momento de recibirse la entrega de la paquetería y contando con un máximo de término de veinticuatro (24) horas posteriores a la hora de haber recibido la entrega; para lo cual, “EL CLIENTE” deberá contar con evidencia fehaciente y necesaria como fotografías o video del momento exacto de la apertura del paquete, entre otras requeridas por la empresa de paquetería que otorgó el servicio y que hagan evidente que la anomalía existió previo a la apertura del paquete y no posterior a su apertura, así como la documentación que dicha empresa requiera, como lo es la factura fiscal a nombre del Remitente con fecha previa al envió, que ampare la propiedad y características propias del bien sujeto a envío que, y que debió señalar y precisar el remitente en la guía respectiva, credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE); para proceder a realizar la aclaración correspondiente, y quedando su reclamación a reserva del análisis de dicho evento por parte de la supracitada empresa de paquetería. Posterior al término de veinticuatro horas siguientes a la hora de entrega de la paquetería, la empresa no se hará responsable de reclamación o queja alguna y no se hará valida garantía alguna, quedando el cliente obligado a cubrir el pago total del servicio contratado y/o utilizado.
DÉCIMA CUARTA.- ASEGURAMIENTO DE ENVÍOS. Para envíos que se requieran asegurar con un valor mayor a treinta (30) días de salario mínimo general diario vigente en esta Ciudad, “EL CLIENTE” deberá pagar el costo extra, que la empresa de paquetería establezca por concepto de seguro y será necesario cotizar el mismo e incluir tal concepto antes de generar la Guía para su pago. Para ello, es indispensable contar con la factura fiscal a nombre del remitente con fecha anterior a la del envío, que ampare el precio o valor del artículo o artículos sujetos al servicio, así como las características del mismo.
Bienes que se pueden asegurar: Cualquier tipo de bien lícito que pueda ser transportado por paquetería, consultar términos y condiciones impuestos por cada empresa de paquetería, ya que éstos pueden variar entre sí.
Bienes y riesgos excluidos: Explosivos, inflamables y/o radiactivos, armas de fuego, cartuchos, estopines y similares, autobuses, automóviles, camiones y tracto camiones, harina de pescado, azúcar y café, canela, contenedores vacíos, muestras de cualquier tipo, obras de arte y/o antigüedades, tabaco en cualquier presentación, basura y/o chatarra, yute, copra y henequén, aparatos, equipos o dispositivos fijos o montados en el medio de transporte, aparatos o equipos de precisión, artículos de naturaleza frágil, cristal, espejos, vidrio y similares, artículos de ornato, todo tipo de vehículos movidos por su propio impulso o remolcados(cascos de barcos, aviones, locomotoras, teleféricos, funiculares, entre otros), joyas y metales preciosos y semipreciosos, pieles finas, pedrería sin montar.
Riesgos cubiertos:
Riesgos ordinarios de tránsito.
Huelgas y alborotos populares.
Robo total con violencia y/o asalto.
Robo parcial con violencia y/o asalto.
Robo parcial sin violencia.
Mojadura.
Oxidación.
Contaminación por contacto con otras cargas o manchas.
Rotura y/o rajadura.
Merma y/o derrame.
Deducibles:
Robo total con violencia y/o asalto: 25% sobre la pérdida.
Robo parcial con violencia y/o asalto: 15% sobre la pérdida.
Robo total sin violencia: 35% sobre el valor total del embarque.
Robo parcial sin violencia: 25% sobre el valor total del embarque.
Robo o daño de equipo electrónico: 35% sobre la pérdida.
Riesgos ordinarios de tránsito y demás riesgos: 5% sobre la pérdida.
Merma y/o derrame: 5% sobre el valor total del embarque.
Baratería: 5% sobre el valor total del embarque.
Nota: En caso de daño, el asegurado deberá presentar una cotización formal de reparación, si ésta rebasa el 50% del valor del bien se declara pérdida total, en caso de no existir forma de reparar, deberá dejar el bien como salvamento.
Monto máximo del seguro de transporte por envío: La compañía de seguro se hace responsable por un máximo de $150,000.00, según el caso, debidamente acreditado el valor del envío, características del mismo, y factura que ampare la legítima propiedad a favor del asegurado y, desde luego, que el seguro contratado haya especificado garantizar el pago hasta por esa cantidad, haber sido cubierto el importe del mismo previo a la emisión de la guía, y se cumplan las características del objeto descrito en la guía, factura y materiales.
DÉCIMA QUINTA.- Queda prohibida la reventa, por lo que al detectar que se generan guías con datos de remitentes diferentes, se puede suspender el uso de la plataforma.
“EL CLIENTE” solo utilizará los servicios para su uso interno y de manera personal, y no en nombre de terceros o para beneficio de terceros, y sólo de manera que cumpla con todas y cada una de las Leyes que se apliquen al uso lícito del servicio.
De ninguna manera “EL CLIENTE” podrá ofrecer los servicios de iPack y de las paqueterías a beneficio de un tercero, incluyendo reventa, prestanombre, o cualquier otra actividad que las empresas de paquetería o iPack consideren como uso indebido o que subrogue sus servicios sin su expresa autorización. Cualquier acción en contario se considerará como actividad ilícita y podrá hacerse del conocimiento de la Autoridad Ministerial.
“EL CLIENTE” No podrá, bajo ningún motivo, compartir o revelar su cuenta o contraseña con otra persona o tercero y deberá proteger la seguridad la misma entre las personas a su cargo o empleados. “EL CLIENTE” es responsable de cualquier actividad lícita o ilícita asociada a su cuenta en iPack, y por ende, será responsable de cualquier cargo o mal uso que pueda darse de la misma.
El uso de los Servicios por parte de “EL CLIENTE” está sujeto a las siguientes restricciones adicionales:
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Infringir o violar los derechos de propiedad intelectual o cualquier otro derecho de , aún de cualquier otro tercero.
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Constituya un incumplimiento de los términos, reglas o políticas de las paqueterías, incluyendo si actualmente ya cuenta con un contrato o convenio con cualquier otra empresa de paquetería.
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Violar cualquier ley o regulación, incluyendo cualquier ley de control de exportación aplicable;
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Es dañino, fraudulento, engañoso, amenazador, acosador, difamatorio, obsceno o de alguna otra manera objetable en su conducta o acciones; por lo que se compromete en todo momento a proporcionar información verídica;
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Poner en peligro la seguridad de su cuenta de iPack o de cualquier otra persona (como permitir que otra persona inicie sesión en los Servicios usurpando la identidad de );
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Intentar, de cualquier manera, obtener la contraseña, cuenta u otra información de seguridad de cualquier otro o usuario;
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Violar la seguridad de cualquier red informática, o craquear cualquier contraseña o código de cifrado de seguridad;
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Copiar o almacena cualquier porción significativa del Contenido de la plataforma o página web perteneciente a sus socios comerciales o cualquier otro tercero relacionado con el servicio;
Cualquier violación de los anteriores supuestos o prevenciones, será motivo para la terminación del derecho de uso o acceso de “EL CLIENTE” a los servicios proporcionados por “EL PRESTADOR” y/o iPack.mx; sin perjuicio de las sanciones que las Leyes aplicables dispongan y la reparación del daño correspondiente.
DÉCMA SEXTA.- CANCELACIÓN DE LAS GUÍAS. Queda sujeto a las condiciones y sistema de la empresa de paquetería que haya elegido “EL CLIENTE”, ya que no todas las empresas de paquetería permiten realizar cancelaciones posteriores a la emisión de la Guía.
“EL CLIENTE” se manifiesta conforme y sabedor que le queda prohibido bajo cualquier circunstancia hacer uso de Guías Canceladas, pues de hacerlo incurriría en la imposición de una penalización hasta por la cantidad equivalente a tres veces el importe de la Guía utilizada ilegalmente, que desde ahora y con pleno conocimiento de la prohibición, “EL CLIENTE” se obliga a pagar a favor de “EL PRESTADOR”. Lo anterior, sin perjuicio de la cancelación del uso del servicio y sistema que es motivo del presente contrato.
Ahora bien, en caso de que la empresa de paquetería permita la cancelación de la Guía de que se trate, el monto reembolsado será abonado como saldo a favor de “EL CLIENTE”, siete (7) días hábiles posteriores a que proceda la cancelación.
Es responsabilidad del cliente verificar que la información ingresada al sistema sea correcta ya que NO se podrán generar correcciones o cancelaciones por tal motivo; por lo que en beneficio de “EL CLIENTE”, se le recomienda revisar de manera exhaustiva, antes de la generación de la Guía, toda la información asentada.
DÉCIMA SÉPTIMA.- RECOLECCIÓN. La recolección de envíos está sujeta a disponibilidad de cada empresa de paquetería, esto es, dentro de los días y horarios que ésta precise y de acuerdo al volumen de recolecciones y personal disponible, por lo que “EL CLIENTE” se obliga a anticipar la solicitud de recolección conforme la empresa de paquetería le señale; en caso de que el personal de la empresa de paquetería no acuda por causas externas, “EL CLIENTE” deberá solicitar de nueva cuenta la recolección. Bajo esas consideraciones, en caso de que “EL CLIENTE” desee realizar un envío “urgente” o agilizar la entrega del mismo, éste deberá acudir a la sucursal de la empresa de paquetería de que se trate, a efecto de asegurar y agilizar la entrega de su paquete o envío conforme a las prescripciones de entrega de la propia empresa.
DÉCIMA OCTAVA.- CONDICIONES GENERALES DE ENTREGAS. Es importante señalar que por seguridad de los envíos de “EL CLIENTE”, las empresas de paquetería NO REALIZAN ENTREGAS DE ENVÍOS EN APARTADOS POSTALES, únicamente realizan las entregas en direcciones o domicilios particulares, comerciales o industriales, plenamente identificables, y siempre y cuando se encuentre alguna persona en el mismo que lo pueda recibir. “EL CLIENTE” se hace sabedor que las empresas de paquetería habitualmente realizan dos intentos de entrega en el caso de no encontrar al interesado en su domicilio la primera vez, por lo que, de no encontrar a alguna persona que pueda recibir el envío en la segunda visita, se dejará un aviso en que se señale que el servicio de entrega de paquetería se quedará detenido en alguna de las Oficinas de la empresa de mensajería de que se trate, en la modalidad de “Ocurre” por el período de (cinco) 5 días hábiles; bajo el entendido de que si no acude el destinatario plenamente identificado a las citadas oficinas a recibir el paquete motivo del servicio, la empresa de mensajería procederá a realizar la devolución del paquete al domicilio de origen (remitente), desde luego, bajo un costo extra por ese servicio, mismo que “EL CLIENTE” se obliga a pagar a “EL PRESTADOR” en concepto de “CARGO EXTRA”, dado el cobro que la empresa de mensajería le cargará a éste ante tal evento. Por tal motivo, y a efecto de no incurrir en dicho cargo, “EL CLIENTE” deberá cerciorarse que siempre se encuentre alguien en el domicilio del destino de su servicio de mensajería y/o paquetería, o en su caso, que retire en la modalidad de servicio “OCURRE” el paquete respectivo, ya que de lo contrario, será bajo su riesgo, perjuicio y costo, la devolución de su envío, autorizando desde ahora a “EL PRESTADOR” a realizar a su costo, el “CARGO EXTRA” que se ocasione.
“EL CLIENTE” se hace sabedor que, si él envió sale de una zona fronteriza es necesario contar con el sello de aduana y factura. Los interesados en realizar el envío de mercancía nueva o usada al interior del país, deberán utilizar los servicios de una empresa de mensajería o paquetería ubicada en la franja o región fronteriza, y deberán presentar la mercancía que se pretende introducir al resto del territorio nacional, junto con la documentación que acredite el valor de la misma y en su caso el pago de contribuciones al comercio exterior o el pedimento con el que acredite la legal importación de la mercancía al resto del territorio nacional. El personal de la aduana deberá practicar la revisión de la mercancía que se pretenda reenviar al resto del territorio nacional y de los documentos que se presenten para acreditar su valor y en su caso el pago de contribuciones causadas al momento de la introducción de la mercancía a territorio nacional, una vez concluida dicha revisión y cuando el valor de la mercancía no exceda de 75 dólares o se presente el respectivo pago de contribuciones se sellará el empaque que contenga la mercancía y esté en el su nombre y firma autorizando la internación de dicha mercancía al resto del territorio nacional.
DÉCIMA NOVENA. ENVIOS INTERNACIONALES. En el caso de uso de mensajería y paquetería internacional, iPack o “EL PRESTADOR” en ningún momento será responsable de llevar a cabo los trámites y permisos necesarios para la importación o exportación, ni se obliga a prestar asesoraría o a gestionar algún tipo de trámite o pago de impuestos o cuotas arancelarias o no arancelarias al comercio exterior; por lo que EL CLIENTE es y será el único responsable de realizar los trámites y gestiones necesarias para lograr su envío al extranjero, así como de pagar los impuestos y cuotas que por el mismo se generen. En caso de que no sea factible la importación o exportación de las mercancías que pretenda enviar EL CLIENTE, éste se hará responsable de todos los cargos generados por ello y pagará todos los gastos de devolución de su envío.
El CLIENTE estará obligado proporcionar la información en tiempo y forma que “EL PRESTADOR” y/o iPack, o cualquier autoridad competente determine necesaria, para el ingreso o salida de las mercancías del país, “EL PRESTADOR” en ningún momento será responsable de los daños causados al CLIENTE por la demora en la entrega de dicha información. “El CLIENTE” está de acuerdo que tanto la compañía de mensajería como “EL PRESTADOR” y/o iPack podrán revisar y confirmar la información proporcionada por éste, la que de resultar falsa o inconsistente, traerá como consecuencia la imposibilidad de prestar el servicio de manera completa y eficiente.
VIGÉSIMA.- ZONAS O ÁREAS DE ENTREGA Y COBERTURA: “EL CLIENTE” se obliga a verificar, previo a la emisión de la Guía correspondiente, el área del servicio de entregas que brinda cada empresa de mensajería o paquetería, a efecto de que sus envíos puedan ser entregados precisamente en el domicilio de destino que se pretenda; si dicha empresa no cubre el Código Postal o Colonia de destino, la empresa de mensajería hará llegar el paquete o envío a la oficina sede de mensajería más cercana al domicilio de destino y quedará en calidad de servicio “OCURRE”, esto es a disposición del destinatario, a donde deberá acudir, en días y horarios hábiles, previa consulta de los mismos, con identificación oficial vigente y el número de Guía de referencia, a efecto de recibir el paquete o envío que se tenga a su favor.
VIGÉSIMA PRIMERA.- NO RESPONSABILIDAD. Después de haber realizado correctamente la entrega del envío, las empresas de mensajería o paquetería no asumen ninguna responsabilidad ante el daño o extravío que pudiera sufrir el envío, originado por el personal interno del domicilio en que se recibió el paquete o envío; por lo que “EL CLIENTE” libera tanto a “EL PRESTADOR” como a su socio comercial o empresa de mensajería de cualquier responsabilidad o daño ocurrido con los paquetes o envíos y sus contenidos, una vez recibidos y firmado de conformidad por quien lo recibe en el domicilio de destino.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- CARGOS EXTRAS. Como se ha precisado, con motivo de la prestación de servicios, motivo del presente contrato, “EL CLIENTE” puede incurrir en “CARGOS EXTRAS”, como lo son a manera ilustrativa, más no limitativa, los siguientes:
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Sobrepesos: Cargo extra por cada kilo excedido según el servicio contratado. Las fracciones serán redondeadas al 1 kg. superior. (Peso real o volumétrico*)
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Reexpedición: Para envíos a poblados distantes o de difícil acceso.
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Corrección de Domicilio: Corrige los datos de una dirección de destino errónea
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Devolución al Remitente: Cuando se cumplen los términos del servicio y el envío no es entregado al destinatario, se devuelve al remitente.
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Envíos de Manejo Especial: Envíos que por su empaque, volumen o fragilidad del contenido deben ser manejados de manera especial.
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Embarques pesados: Se aplica un cargo a cualquier envió que pese más de 60Kg o mida más de 100cm en su lado más largo.
*Peso volumétrico: En envíos ligeros y de gran volumen se calculará su peso volumétrico. Si el resultado es superior al peso físico del envío, se cobrará el peso volumétrico.
Peso Vol.=Largo (cm.) x Alto (cm.) x Ancho (cm.) / 5000.
Los que en se han denominado como “CARGOS EXTRAS” y que son motivo de regulación específica y expresa por las partes, respecto de su generación y pago, en Convenio que forma parte integrante del presente contrato y suscribirán las partes por escrito.
VIGÉSIMA TERCERA.- PREVENCIÓN DE FRAUDE. Sin perjuicio de la regulación específica y expresa que formulan las partes, respecto de la generación y pago de los denominados “CARGOS EXTRAS”, no le está permitido a “EL CLIENTE”, de manera alguna, evitar o eludir el pago de los mismos, a través de la creación de cuentas diversas de correo electrónico, nombres de usuarios, cambios o sustitución de personas, con la finalidad de incurrir en fraude en perjuicio de su acreedor, en el caso específico “EL PRESTADOR”; tendiente a dejar de pagar los adeudos por los citados “CARGOS EXTRAS” o cualquier otro adeudo con motivo del uso de los servicios prestados por éste; por lo que “EL CLIENTE”, se obliga a pagar todos y cada uno de los adeudos que se generen por el uso y beneficio obtenido con motivo de la prestación de servicios motivo del presente contrato. Razón por la cual de detectarse alguna conducta fraudulenta por parte de “EL CLIENTE” tendiente a eludir cualquier pago generado por servicios obtenidos a su favor, y otorgados por parte de “EL PRESTADOR”, ya sea por huella de registro de clientes, de cuenta, de operaciones, o cualquier otro medio, se pondrá del conocimiento del C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO correspondiente, a fin de que inicie la carpeta de investigación por el delito que derive de esa conducta, atento a lo previsto y sancionado en el Código Penal vigente.
VIGÉSIMA CUARTA.- DOMICILIOS. Las partes, para los efectos que emanan del presente Convenio, señalan como sus domicilios, los siguientes:
“EL PRESTADOR”. Con domicilio ubicado en Avenida Presidente Masaryk número 61 - 901 B, Polanco V Sección, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11560, Ciudad de México.
Correo electrónico: admin@ipack.mx
“EL CLIENTE”. Con domicilio y correo electrónico proporcionado al registrarse en la plataforma para la prestación del servicio.
Cualquier comunicación realizada entre las partes, en especial manera, aquella relativa a la formulación de cargos o su reclamo, deberá constar de manera fehaciente por medios escritos o electrónicos, notificando una parte a la otra de su emisión y conservando el registro de la misma.
VIGÉSIMA QUINTA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como lo no previsto en el mismo, las partes se someten a lo dispuesto por el Código de Comercio y Leyes supletorias de la Ciudad de México; así como a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de México. Renunciando desde ahora a cualquier otra que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
Leído que fue el presente contrato por las partes que en el intervienen, y toda vez que el mismo no contiene mala fe, error o dolo alguno, “EL USUARIO o CLIENTE” y “PRESTADOR” lo aceptan y hacen manifiesta su voluntad para cumplirlo en sus términos, al reflejar los términos y condiciones de venta, obligándose ambas partes a cumplir con los derechos y obligaciones que del mismo emanan, teniendo como sede del mismo, para los efectos legales conducentes, la Ciudad de México, en el día en que acontece el uso del servicio prestado por “EL PRESTADOR”, del que hace uso y se beneficia el “EL USUARIO o CLIENTE”.
